La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) rechazó la demanda contra el Estado en el caso Juan Arrom-Anuncio Martí por supuesta tortura. El histórico fallo dispone que no se pague la indemnización requerida por los dos prófugos.
En la fecha, salió a la luz pública la sentencia del 13 de mayo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la cual rechaza la demanda de Juan Arrom y Anuncio Martícontra el Estado paraguayo.
“Tampoco hubo violación a los derechos, a las garantías y protección judicial de los señores Juan Arrom y Anuncio Martí (…) Tampoco se comprobó la violación del artículo 25 de la Convención de los Derechos Humanos de San José de Costa Rica”, rezan fragmentos del documento.
“La CIDH considera que los indicios presentados eran insuficientes para concluir que los señores Juan Arrom y Anuncio Martí fueron privados de su libertad por agentes estatales o por la aquiescencia de estos, por lo tanto, la Corte concluyó que el Estado paraguayo no es responsable de la violación de los artículos 3, 4, 5 y 7 de la Convención de los Derechos Humanos y en relación a la Convención Interamericana para prevenir la tortura”, señala.
Con respecto al pedido de que el Estado debía pagar reparaciones, costas y gastos, al no haberse establecido la responsabilidad del Estado, la Corte resolvió que no procedía pronunciarse sobre tales aspectos, informó el periodista de ABC Color Martín Riveros en comunicación con ABC Cardinal.
Fuente: ABC