Un grupo de efectivos de la Patrulla Caminera provenientes de Ciudad del Este tomó, prácticamente, la jurisdicción de J. E. Estigarribia y para realizar controles de velocidad de dudosa credibilidad.
Esto fue lo afirmado por un molesto conductor de camión quien se quedó a asistirle a un compañero de trabajo que fue retenido por el «activo» equipo de agentes.
Siempre según la versión del trabajador, los mismos provienen de Ciudad del Este de donde fueron literalmente echados ya que la Municipalidad les prohibió el trabajo en aquel lugar, en virtud de que sigue vigentes la Sentencia Definitiva del 28 de diciembre de 2007 y confirmada por Acuerdo y Sentencia del 28 de enero de 2008 que se dictó en el marco de un juicio de amparo promovido por la comuna esteña. Las resoluciones se hallan firmes y ejecutoriadas, pues la Corte Suprema de Justicia había rechazado la acción de inconstitucionalidad promovida por la Policía Caminera, a través de una sentencia del 24 de julio de 2012.
«Funcionario local no quiere acompañar por que son muy sinverguenzas»
Según la misma fuente, un funcionario de la dependencia local se habría negado a acompañarles ya que no habría estado de acuerdo con los procedimientos realizados por los mismos. Por esta razón los «poderosos agentes» le habrían adelantado que el mismo sería trasladado a otra dependencia ya que él no «colabora para los procedimientos».
No es la primera vez que colegas y superiores amenazan con trasladarlo ya que «obstaculizaba» el proceder de los «recaudadores». De acuerdo a las consultas hechas a otras fuentes, el funcionario no hace causa común con sus compañeros cuando estos pretenden arremeter contra los trabajadores ya que los procedimientos tendrían solamente un objeto recaudatorio.